EL DERECHO SOBRE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA EN ANDALUCÍA
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1.5. Consejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Decreto de la Presidenta de 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia
y sobre reestructuración de Consejerías
“Artículo 2. Consejerías.
1. La Administración de la Junta de Andalucía se organiza en las siguientes Consejerías:
− Consejería de la Presidencia.
− Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales.
− Consejería de Hacienda y Administración Pública.
− Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
− Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.
− Consejería de Educación, Cultura y Deporte.
− Consejería de Justicia e Interior.
− Consejería de Fomento y Vivienda.
− Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.
− Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
− Consejería de Turismo y Comercio.”
“Artículo 7.
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
1. Corresponden a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio las
competencias en materia de medio ambiente, agua, planificación, ordenación y desarrollo
territorial y urbanismo que venía ejerciendo la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio
Ambiente.
2. Se adscribe a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio la Agencia
de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.”
Decreto 142/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejeria de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
“Artículo 6.
Secretaría General de Ordenación del Territorio y Cambio Climático.
1. La Secretaría General de Ordenación del Territorio y Cambio Climático es el órgano
de impulso, integración y coordinación de las políticas y estrategias horizontales de
ordenación y planificación del territorio, del medio ambiente, del litoral y de urbanismo de
la Comunidad Autónoma de Andalucía.