Normativa Andaluza de Desarrollo en materia de Urbanismo, Legislación Sectorial y Normativa de Directa Aplicación - page 63

59
DECRETO 60/2010, DE 16 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA ...
Disposición adicional única. Modificación del Decreto 225/2006, de 26 de diciembre
de 2006, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Ins-
pección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de Andalucía
Se añade un apartado cuatro al artículo 18 del Decreto 225/2006, de 26 de diciembre,
con la siguiente redacción:
«La discrepancia técnico jurídica de la persona titular del Centro Directivo de Inspección con los
criterios mantenidos por el inspector encargado de algún asunto, podrá dar lugar a la asigna-
ción por la persona titular del Centro Directivo de Inspección de dicho asunto a otro inspector.»
Disposición transitoria primera. Procedimientos en tramitación
Los procedimientos regulados en este Reglamento iniciados con anterioridad a la entrada
en vigor del presente Decreto, se tramitarán y resolverán de conformidad con la normativa
vigente al iniciarse los mismos.
Disposición transitoria segunda. Aplicación supletoria de la normativa estatal
Hasta tanto no se produzca su desplazamiento por el desarrollo reglamentario autonó-
mico, seguirán aplicándose los artículos 10, 11, y 18 a 28 del Reglamento de Disciplina
Urbanística, aprobado por Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, referidos a las
órdenes de ejecución, en lo que sean compatibles con la Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
y con el Reglamento que se aprueba por el presente Decreto.
Disposición transitoria tercera
5
. Acceso al Registro de la Propiedad de edificaciones
en situación de asimilado al régimen de fuera de ordenación con anterioridad al Real
Decreto-Ley 8/2011 de 1 de julio
6
En el caso de que una edificación declarada en situación de asimilado al régimen de fuera
de ordenación hubiera accedido al Registro de la Propiedad con anterioridad a la entrada en
vigor del Real Decreto-Ley 8/2011, de 1 de julio, sin mención expresa de las condiciones
derivadas de este régimen, la Administración competente deberá instar dicha constancia en
la forma y a los efectos previstos en la legislación notarial y registral correspondiente.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en este Decreto.
5
Añadida por Disposición Final 1.1 del Decreto 2/2012, de 10 de enero.
6
Modifica el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, que aprueba el texto refundido de la Ley de
Suelo, en sus arts. 17, 51 y 53. Hoy, Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
1...,53,54,55,56,57,58,59,60,61,62 64,65,66,67,68,69,70,71,72,73,...596
Powered by FlippingBook