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CAPÍTULO II. LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN ANDALUCÍA
1.4.3. El Sistema de Protección del Territorio
Está constituido por el Sistema de Prevención de Riesgos y por el Sistema del Patrimonio
Territorial.
En relación al Sistema de Prevención de riesgos, el plan identifica los riesgos principales
que se dan en Andalucía. Se establece que el sistema de protección civil es el que tiene
la responsabilidad básica de articular las medidas preventivas y las de tipo paliativo ante
cualquier tipo de riesgos. La ley 2/1985, sobre Protección Civil, no sólo incluye en su
objeto la protección de las personas y los bienes ante catástrofes consumadas, sino
también, el estudio y prevención de las situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe
o calamidad pública.
En relación a la prevención de riesgos se determina, con carácter de norma, que los
POTAS y el planeamiento urbanístico municipal, tendrán en cuenta los contenidos de los
distintos planes de protección civil que les afecten, y establecerán las medidas específicas
para aminorar los riesgos o sus eventuales consecuencias.
Se añade que la planificación territorial y el planeamiento urbanístico deberán incorporar
las delimitaciones de las zonas afectadas por los distintos tipos de riesgos diferenciadas
según grado de peligrosidad. Y que, si la carencia de información técnica adecuada
impidiera realizar una delimitación cierta y precisa de tales zonas, se señalarán, mientras
no se disponga de tal información, áreas de protección cautelar. Estas zonas de riesgo,
ya sean delimitadas de forma cautelar o no, deberán ser objeto de determinaciones y
ordenanzas adecuadas a los objetivos de prevención y minoración del riesgo o eventuales
consecuencias contra personas y bienes.
En este sentido se establecen, a modo de directriz, criterios territoriales para los POTAS
y el planeamiento urbanístico municipal para la delimitación de las zonas de riesgos y su
regulación normativa.
Por otra parte, en relación al Sistema de Patrimonio Territorial, entiende que los bienes
culturales y naturales, junto con el paisaje y las redes de ciudades de Andalucía constituyen
un todo integrado cuya protección y fomento debe abordarse conjuntamente. Además,
se concibe este sistema como una red que se articula en todo el territorio andaluz,
tomando en consideración las continuidades territoriales que se establecen con zonas
limítrofes de Andalucía: Portugal, el Norte de África y Extremadura, Castilla La Mancha
y Murcia.
En relación al Sistema de Protección Territorial se identifican como referentes territoriales
para la gestión del mismo los Dominios Territoriales y las Unidades Territoriales,
estableciendo la necesidad de elaborar Estrategias de Planificación y Gestión integradas
del Patrimonio Territorial entre Consejerías competentes en materia de Agricultura, Cultura,
Medio Ambiente y Obras Públicas y Transportes.