Estudio del Derecho sobre la Ordenación Territorial y Urbanística en Andalucía - page 897

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CAPÍTULO VII. LA DISCIPLINA URBANÍSTICA
IV.1.2. Antecedentes
La planificación de la disciplina urbanística en la Comunidad Autónoma de Andalucía
comienza su andadura con un modelo del territorio Andaluz deteriorado y en proceso de
desdibujarse por ser el soporte físico de sucesivas transgresiones cometidas al margen
de la ordenación territorial y urbanística.
Las transgresiones traen causa del boom inmobiliario que tiene su comienzo en los años
90 y la especulación urbanística que todo ello conlleva, encuentran su caldo de cultivo
4
, en
un viejo concepto del derecho de propiedad, ya superado, basado en la convicción de es-
tar legitimado para construir en un bien propio por el mero hecho de ostentar la titularidad
sobre el suelo, más aún si se trata de suelo rústico o no urbanizable.
Desde el punto de vista territorial y urbanístico, cada municipio ha de enfrentarse con una
avalancha de infracciones urbanísticas graves que se han ido produciendo en el tiempo,
por la falta de previsión y por el desconocimiento de las implicaciones a medio plazo
de aquellas, ahora especialmente graves por su acumulación e imposibles de abordar
por la Administración municipal en fecha actual con los escasos medios personales y
materiales de que dispone. Y de consecuencias graves, por conllevar la destrucción del
patrimonio territorial, de los recursos paisajísticos y naturales, el agravamiento de riesgos
medioambientales, las demandas de servicios de la población ya asentada en cada espacio
de su territorio, etc. Y todo ello sin posibilidad de retorno.
De todo, el litoral termina siendo el espacio que en los últimos años ha sufrido las mayores
transformaciones vinculadas al turismo, siendo encima de todo el soporte territorial de las
nueve áreas urbanas principales del territorio andaluz.
Transcribimos como el Dictamen núm. 181/2006, de 15 de mayo del Consejo Consultivo
de Andalucía, favorable a la atribución a la e Consejería de Obras Públicas y Transportes
del ejercicio de la potestad de planeamiento correspondiente al Municipio de Marbella.
Dice así:
“Lo que resulta del expediente examinado es un panorama francamente desolador, que
podría haber dado lugar a la construcción de un número cercano a las 30.000 viviendas
contraviniendo la legalidad urbanística, con centenares de licencias impugnadas desde 1986,
buena parte de ellas concedidas durante el mandato de la Corporación disuelta (al menos 120
acuerdos municipales que afectan a más de 5.000 viviendas), decenas de requerimientos
de revisión de oficio desatendidos relativos a licencias de obras ilegales, presumiblemente
viciadas de nulidad radical, expedientes sancionadores y de restablecimiento de la legalidad
urbanística que no se inician o se paralizan e incurren en caducidad, y numerosas resoluciones
4
Como pone de manifiesto la persona titular de la Dirección General de Urbanismo, desde 10/07/12 a
19/11/13, y de adscripción del Cuerpo de Inspección de OTUV. Decreto 332/2012, de 10 de julio, visitable
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