Estudio del Derecho sobre la Ordenación Territorial y Urbanística en Andalucía - page 896

EL DERECHO SOBRE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA EN ANDALUCÍA
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momento pueden ser determinantes en la planificación que permitirá primar unos u otros
criterios según las exigencias sociales, territoriales y económicas de cada momento.
De otro lado, el Decreto 60/2010 de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de
Disciplina Urbanística de Andalucía - Artículo 2 - dispone que la disciplina urbanística se de-
sarrollará de acuerdo con los principios de legalidad, intervención preventiva, oficialidad,
celeridad, eficacia, eficiencia, planificación, programación y congruencia.
Se hace imprescindible actuar de acuerdo con tales principios, tomando como punto de
partida el de servir con objetividad los intereses generales en evitación de cualquier tipo
de discrecionalidad debido a que el ámbito territorial sobre el que se ejerce la disciplina
urbanística, tan extenso –hablamos de 87.000 km
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que ocupa el territorio andaluz-
como alterado por las numerosas actuaciones de indisciplina, es muy dificil adoptar un
pronóstico que permita abordarlo en su totalidad, por el siempre escaso volumen de
recursos materiales y humanos disponibles para toda nuestra Comunidad Autónoma.
De ahí el carácter necesario de la planificación y la programación para control y segui-
miento de la actividad del personal inspector en el ejercicio de las funciones que tiene
encomendadas. Se permite con ello fiscalizar si las mismas son acordes con lo estableci-
do por el citado Plan General de Inspección, de modo que canalicen la necesaria relación
de causalidad que debe existir entre la actuación inspeccionada, la decisión adoptada en
relación con la misma y su encaje en los objetivos del Plan.
La actuación inspectora tendrá como objetivos reconducir los comportamientos de la
sociedad a la ordenación del territorio y la ordenación urbanistica, trascendiendo al sustrato
ambiental constitucionalmente protegido como bien de interés general perturbado por la
transgresión del ordenamiento urbanístico y las actuaciones desordenadas en el territorio.
IV.1.1. Planes Generales de Inspección de Ordenación del Territorio
y Urbanismo
Desde su creación en 2006, la inspección en materia de ordenación del territorio y
urbanismo ha desarrollado su labor de protección del orden territorial, urbanístico y en materia
de vivienda de forma planificada, hasta la fecha tres Planes Generales de Inspección:
− Plan General de Inspección para el bienio 2007-2008, aprobado por Orden de 24 de
Julio de 2007 ( Boja nº 153, de 3 de agosto 2007, página 54).
− Plan General de Inspección para el cuatrienio 2009-2012, aprobado por Orden de 11
de noviembre de 2008 ( Boja nº 246, de 12 de diciembre 2008, página 75).
Plan General de Inspección de Ordenación del Territorio y Urbanismo para el cuatrienio
2013-2016, aprobado por Orden de 11 de abril de 2013
(BOJA nº 74, de 18 de abril de
2013, página 7).
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