Legislación del Estado en materia de suelo y normativa estatal relacionada - page 156

LEGISLACIÓN DEL ESTADO EN MATERIA DE SUELO Y NORMATIVA ESTATAL RELACIONADA
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procediere, el sistema de depuración. En los casos de vertido a cauce público, río o mar,
se precisará informe favorable del Organismo competente.
6.   La red de distribución de energía eléctrica señalará la fuente de la misma, la capacidad
de los centros de transformación y las líneas que lo abastezcan, existentes o que se
proyecten. En el caso de Planes Parciales de uso predominantemente residencial, la red de
distribución será subterránea y los centros de transformación quedarán integrados en la
edificación o serán subterráneos. En el caso excepcional, debidamente justificado, de que
éstos tengan que realizarse en edificación exenta, las Ordenanzas del Plan Parcial deberán
fijar las condiciones de volumen y estéticas exigibles.
7.   Se determinará con exactitud la situación de los centros de servicio afectos a la
infraestructura de las redes enunciadas en este artículo, habiendo de ser incluido su uso
pormenorizado entre las determinaciones del artículo 45 de este Reglamento, con indica-
ción de la naturaleza del dominio que corresponda.
Artículo 54.
1.   El Plan Parcial establecerá un Plan de etapas para la realización de las obras de
urbanización, debiendo justificar su coherencia con las restantes determinaciones del Plan,
en especial con el desarrollo en el tiempo de la edificación prevista y sus dotaciones y de
los elementos que componen las distintas redes de servicios, así como, en su caso, con
los sistemas de actuación elegidos.
En cada etapa habrá de preverse:
a) Su duración, con referencia a la fecha de comienzo de los plazos que se establezcan.
b) Las obras de urbanización correspondientes.
c) La puesta en servicio de las reservas de suelo correspondientes a los equipamientos
que deban establecerse a medida que se urbanice.
d) La determinación de los niveles correspondientes a los servicios de abastecimiento de
agua, evacuación y suministro de energía eléctrica para que puedan ser utilizados los
terrenos que se urbanicen sucesivamente.
2.   El Plan de etapas podrá prever, justificándola adecuadamente, una alteración de sus
previsiones temporales y espaciales, siempre que se mantenga la coherencia del Plan, se
cumplan las determinaciones que establezca y se garantice la ejecución y financiación del
conjunto de sus previsiones.
3.   En los supuestos en que sea necesario, el Plan Parcial podrá contener una previsión
de etapas de edificación, que se acomodará a la urbanización y a las dotaciones que se
vayan obteniendo.
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