Legislación del Estado en materia de suelo y normativa estatal relacionada - page 165

161
REAL DECRETO 2159/1978, DE 23 DE JUNIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO PARA EL DESARROLLO ...
− Pavimentación de calzadas, aparcamientos, aceras, red peatonal y espacios libres.
− Redes de distribución de agua potable, de riego y de hidrantes contra incendios.
− Red de alcantarillado para evacuación de aguas pluviales y residuales.
− Red de distribución de energía eléctrica.
− Red de alumbrado público.
− Jardinería en el sistema de espacios libres.
2.   Se incluirán en el Proyecto de Urbanización los servicios urbanísticos a que hace
referencia el artículo 53.2, cuando se hayan estimado necesarios en el Plan Parcial.
3.   Los Proyectos de Urbanización deberán resolver el enlace de los servicios urbanísticos
con los generales de la ciudad y acreditar que tienen capacidad suficiente para atenderlos.
CAPÍTULO VIII
De los Programas de Actuación Urbanística
Sección 1ª. Disposiciones generales
Artículo 71.
1.   La ordenación y urbanización de terrenos clasificados como suelo urbanizable no
programado se efectuará, de conformidad con el Plan General Municipal respectivo,
mediante Programas de Actuación Urbanística para la realización de unidades urbanísticas
integradas.
2.   Se considerarán unidades urbanísticas integradas aquellas actuaciones que tengan re-
sueltas, en adecuada correspondencia con la estructura general y orgánica prevista en el
Plan General, la dotación de servicios y equipamiento suficientes para garantizar la satis-
facción de las demandas propias de la población o de las actividades que en el ámbito de
la actuación hayan de ubicarse, y las obras de infraestructura necesarias para garantizar la
inserción de las mismas en la ordenación general en el momento de su puesta en servicio.
Sección 2ª. De las determinaciones
Artículo 72.
1.   Los Programas de Actuación Urbanística contendrán las siguientes determinaciones:
a) Desarrollo de los sistemas de la estructura general de la ordenación urbanística del
territorio.
b) Señalamiento de usos y niveles de intensidad, con expresión del aprovechamiento
medio en todo su ámbito.
1...,155,156,157,158,159,160,161,162,163,164 166,167,168,169,170,171,172,173,174,175,...500
Powered by FlippingBook