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LAS DIRECTRICES DE TÉCNICA NORMATIVA DE
22 DE JULIO DE 2005
En el Boletín Oficial del Estado núm. 180, de 29 de julio de 2005, se publican las Directri-
ces de técnica normativa aprobadas por Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de julio de
2005, que son las vigentes en la actualidad.
Estas Directrices vienen a sustituir a las Directrices sobre la forma y estructura de los ante-
proyectos de ley, aprobadas por Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de octubre de 1991.
Las nuevas directrices tienen un ámbito de aplicación más amplio ya que abarca, junto a
los anteproyectos de ley, a las disposiciones de carácter general y a los actos administrativos.
Así se indica en su preámbulo:
“En cuanto a su ámbito de aplicación, las Directrices de técnica normativa abarcan
toda la actividad de los órganos colegiados del Gobierno: Propuestas de acuerdo, pro-
yectos de real decreto, de real decreto legislativo, de real decreto-ley y anteproyectos
de ley, sin merma alguna, obviamente, de las potestades de las Cortes Generales, y,
además, en todo lo que sea posible, a las disposiciones y actos administrativos de los
órganos de la Administración General del Estado que se publiquen en el diario oficial
del Estado”.
1. ESTRUCTURA DEL ACUERDO
El Acuerdo consta de tres puntos, una disposición derogatoria única, y dos disposiciones
finales.
El punto primero del Acuerdo aprueba las Directrices de técnica normativa, cuyo texto se
inserta a continuación del propio Acuerdo.