MANUAL PRÁCTICO DE TÉCNICA NORMATIVA - page 68

MANUAL PRÁCTICO DE TÉCNICA NORMATIVA
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3. OBJETIVO
El Preámbulo del Acuerdo nos ilustra sobre cuál es el objetivo de las directrices:
“Las Directrices de técnica normativa que ahora se aprueban tienen un objetivo fun-
damental: Lograr un mayor grado de acercamiento al principio constitucional de seguri-
dad jurídica, mediante la mejora de la calidad técnica y lingüística de todas las normas
de origen gubernamental con la homogeneización y normalización de los textos de las
disposiciones. Se trata de una herramienta que permite elaborar las disposiciones con
una sistemática homogénea y ayuda a utilizar un lenguaje correcto de modo que puedan
ser mejor comprendidas por los ciudadanos”.
Destaca el Consejo de Estado en su Dictamen 621/2004, de 20 de mayo:
“El objetivo esencial de las directrices es la homogeneización y normalización en
origen de los textos de las disposiciones. Se pretende con ello que:
– El redactor cuente con una herramienta que le permita elaborar las disposiciones
con una sistemática homogénea y le ayude a utilizar un lenguaje correcto.
– El editor pueda ejercer un posterior control de calidad de las disposiciones que
vayan a publicarse en el diario oficial.
– Dicho control no abarque cuestiones meramente lingüísticas.
– El impresor cuente con garantías de normalización en los procesos previos de
elaboración.
– El procedimiento de discusión, aprobación y publicación de las disposiciones sea
electrónico en todas sus fases. Se pretende, por tanto, integrar en el proceso la fase de
corrección técnica de los textos y su control de calidad técnica, cuyo adecuado desa-
rrollo exige la normalización en origen, sin perjuicio de posteriores controles realiza-
dos por el órgano competente.
La amplitud de las directrices se acerca a las que la doctrina denomina “de tercera
generación”, sin abarcar análisis previos de las decisiones, estudios de efectividad
social de las normas ni cuestionarios previos (Checklisten)”.
4. FINALIDAD
En principio, cabría considerar que las directrices tienen un valor meramente formal, es
decir, limitado a aspectos formales de redacción. Sin embargo, como hemos indicado ante-
riormente, la correcta redacción de las normas se encuentra al servicio de la realización de
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