Manual sobre Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública - page 412

MANUAL SOBRE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
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d) La propuesta y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno
sobre promoción de las políticas sociales. En particular, corresponden a la Conse-
jería de Igualdad y Políticas Sociales las competencias en materia de:
1.º Planificación, coordinación, seguimiento, inspección y evaluación de los Servicios
Sociales de Andalucía.
2.º Desarrollo, coordinación y proposición de iniciativas en relación con las competen-
cias de la Comunidad Autónoma en materia de infancia y familias.
3.º Desarrollo, coordinación y promoción de las políticas activas en materia de perso-
nas mayores, así como la integración social de personas con discapacidad.
4.º Establecimiento de las directrices, impulso, control y coordinación para el desa-
rrollo de las políticas para la promoción de la autonomía personal y atención a las
personas en situación de dependencia.
5.º Desarrollo de la red de Servicios Sociales Comunitarios.
6.º Desarrollo y coordinación de las políticas activas en materia de prevención, asis-
tencia y reinserción social de las personas en situación de drogodependencias y
adicciones.
7.º Ordenación de las Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales en la Co-
munidad Autónoma de Andalucía.
e) La propuesta, desarrollo, ejecución y coordinación de las directrices generales del
Consejo de Gobierno en relación con las competencias asignadas en materia de
participación ciudadana y voluntariado.
f) La gestión de las ayudas y coordinación de la cooperación internacional para el
desarrollo, a través de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el
Desarrollo, creada por Ley 2/2006, de 16 de mayo.
g) Todas aquellas políticas de la Junta de Andalucía que, en materia de igualdad, po-
líticas sociales, participación ciudadana, voluntariado y cooperación internacional
para el desarrollo, tengan carácter transversal”.
En este ámbito competencial, y ciñéndonos al objeto de estudio en liza, esto es la respon-
sabilidad patrimonial, de acuerdo a lo previsto en los artículos 32 y siguientes de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, 123 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y 45 de la Ley
de Administración de la Junta de Andalucía, la resolución de los procedimientos de respon-
sabilidad patrimonial viene atribuida a las personas titulares de las Consejerías, salvo que
corresponda al Consejo de Gobierno [artículo 26.2.
k)
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de
la Administración de la Junta de Andalucía (
BOJA
núm. 215, de 31 de octubre y
BOE
núm.
276, de 17 de noviembre)]. Sin embargo, mediante el artículo 3.5.
a)
de la Orden de 28 de
junio de 2013
9
, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería
y se publicitan delegaciones de competencias de otros órganos
(BOJA
núm. 133, de 10
de julio), se ha delegado en la persona titular de la Secretaría General Técnica, “[...]
En
9
Vigente según disposición transitoria cuarta del Decreto 140/2013, de 1 de octubre, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y del Servicio Andaluz de Salud
(
BOJA
núm. 193, de 2 de octubre).
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