Legislación del Estado en materia de suelo y normativa estatal relacionada - page 117

113
REAL DECRETO LEGISLATIVO 7/2015, DE 30 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE SUELO Y ...
3.   Será título para la inscripción la certificación emitida por la Administración forestal,
que contendrá los datos catastrales identificadores de la finca o fincas de que se trate y
se presentará acompañada del plano topográfico de los terrenos forestales incendiados,
a escala apropiada.
La constancia de la certificación se hará mediante nota marginal que tendrá duración hasta
el vencimiento del plazo a que se refiere el apartado primero. El plano topográfico se
archivará conforme a lo previsto por el artículo 51.4 del Reglamento Hipotecario, pudiendo
acompañarse copia del mismo en soporte magnético u óptico.
Disposición adicional séptima.
Reglas para la capitalización de rentas en suelo rural
1.   Para la capitalización de la renta anual real o potencial de la explotación a que se
refiere el apartado 1 del artículo 36, se utilizará como tipo de capitalización el valor
promedio de los datos anuales publicados por el Banco de España de la rentabilidad de las
Obligaciones del Estado a 30 años, correspondientes a los tres años anteriores a la fecha
a la que deba entenderse referida la valoración.
2.   Este tipo de capitalización podrá ser corregido aplicando a la referencia indicada en
el apartado anterior un coeficiente corrector en función del tipo de cultivo, explotación
o aprovechamiento del suelo, cuando el resultado de las valoraciones se aleje de forma
significativa respecto de los precios de mercado del suelo rural sin expectativas urbanísticas.
Los términos de dicha corrección se determinarán reglamentariamente.
Disposición adicional octava.
Participación del Estado en la ordenación territorial y urbanística
La Administración General del Estado podrá participar en los procedimientos de ordenación
territorial y urbanística en la forma que determine la legislación en la materia. Cuando así lo
prevea esta legislación, podrán participar representantes de la Administración General del
Estado, designados por ella, en los órganos colegiados de carácter supramunicipal que
tengan atribuidas competencias de aprobación de instrumentos de ordenación territorial
y urbanística
210
.
210
Arts. 139, y 189 a 191 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones
Públicas.
1...,107,108,109,110,111,112,113,114,115,116 118,119,120,121,122,123,124,125,126,127,...500
Powered by FlippingBook