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REAL DECRETO 2159/1978, DE 23 DE JUNIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO PARA EL DESARROLLO ...
CUADRO ANEJO AL ARTÍCULO 10
Módulos de reserva para dotaciones en suelo residencial
Unidades
de viviendas
Sistema espacios libres
de dominio y uso público
Centros docentes
Servicios de interés público y social
Plazas de
aparcamiento
Observaciones
Jardines
–
m
2
suelo/
vivienda
Áreas de juego y
recreo de niños
–
m
2
suelo/
vivienda
Preescolar
guardería
–
m
2
suelo/
vivienda
E.G.B.
–
m
2
suelo/
vivienda
B.U.P.
–
m
2
suelo/
vivienda
Parque
deportivo
–
m
2
suelo/
vivienda
Equipamiento
comercial
–
m
2
const./
vivienda
Equipamiento
social
–
m
2
const./
vivienda
Núm./
100m
2
edificación
Unidad
elemental
15
3
10
_
2
1
El Plan Parcial propondrá el uso concreto
de las reservas para Centros docentes y
para servicios de interés público y social.
Unidad
básica
15
3
2
10
–
6
1
3
1
El Plan Parcial propondrá los usos concretos
de la reserva de interés público y social.
Unidad
integrada
15
6
2
10
–
6
2
4
1
El Plan Parcial propondrá los usos concretos
de la reserva de equipamiento social,
distinguiendo, al menos, usos sanitarios y
administrativos.
Conjuntos
entre 1.000
y 2.000 viv.
15
6
2
10
–
8
3
6
1
El Plan Parcial propondrá los usos concretos
de la reserva de equipamiento social,
distinguiendo, al menos, usos sanitarios y
administrativos.
Conjuntos
entre 2.000
y 5.000 viv.
15
6
2
10
4
8
4
6
1
El Plan Parcial propondrá los usos concretos
de la reserva de equipamiento social,
distinguiendo, al menos, usos religiosos,
sanitarios, asistenciales, administrativos,
culturales, recreativos y club de ancianos.
Conjuntos
superiores
a 5.000 viv.
Se mantendrán como módulos mínimos de reserva de Plan Parcial los asignados a conjuntos comprendidos entre 2.000 y 5.000 viviendas. La reserva
de dotaciones cuya necesidad sea generada por superarse en la ordenación del Plan Parcial la cifra de 5.000 viviendas, estará definida tanto en
cuantía como en localización en el planeamiento de rango superior, teniendo en cuenta el carácter de equipamiento propio de este.