203
Capítulo IV.
ANÁLISIS DE LA JURISPRUDENCIA EN
MATERIAS DE COMPETENCIA DE LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
(continuación)
III. OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Por Jesús Jiménez López
1. PLANTEAMIENTO
En el contexto de este manual de Responsabilidad Patrimonial, se trata en este momento
de exponer algunos ejemplos de la misma en el ámbito competencial de la Comunidad
Autónoma de Andalucía. Así, en este caso en materia de obras Públicas.
Al objeto de delimitar adecuadamente el objeto de análisis, es interesante partir de la defi-
nición que de estas se contiene en la Ley de Obras Públicas de 13 de abril de 1877. Así,
en su artículo 1, se definen las obras públicas como aquellas que sean “de general uso
y aprovechamiento, incluyendo las construcciones dedicadas a servicios que se hayan a
cargo del Estado, de las Provincias y de los Pueblos”. Naturalmente debemos considerar
igualmente las Comunidades Autónomas en estos momentos.
Señalado lo anterior, del análisis del precepto, y los siguientes, se deduce que las Obras
Públicas suponen en un primer momento una actividad de transformación de una realidad
física. Supone una transformación de un bien inmueble destinando el resultado a un fin de
naturaleza pública, por lo que adquiere su carácter demanial, como expuso el Consejo
Consultivo de Andalucía en su Dictamen de 9 de marzo de 2000.