Manual sobre Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública - page 206

MANUAL SOBRE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
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ción también del mismo, en ocasiones, en función del cumplimiento por la Administración
de los estándares en la prestación del servicio público de que se trate, en nuestro caso la
explotación y conservación de la vías públicas.
2. SUPUESTOS FRECUENTES CON LA JURISPRUDENCIA APLICABLE
2.1. Responsabilidad Patrimonial por cambio de trazado de carretera.
Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4.ª) Sentencia de 14 de
febrero de 2012 (RJ\2012\3984) Recurso de casación 2472/2010 (Ponente: Excma. Sra.
Celsa Pico Lorenzo).
“En la Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de marzo de 2006 (RJ 2006, 4840),
Sección Sexta, Recurso de casación 2568/2002 se insiste, con cita de otras mu-
chas, en el criterio jurisprudencial de que nadie tiene derecho a que se mantengan
indefinidamente los trazados de las vías públicas ni se puede impedir que la Admi-
nistración acometa las obras de mejora o cambio que considere conveniente para
el interés general.
También se reitera el principio general de que «tanto el cambio de trazado de una
carretera como la construcción de la misma obedecen a razones de interés público y,
en definitiva, ello supone que el daño que de dicho actuar administrativo se derive no
reúne el requisito de antijuridicidad en términos generales puesto que tales perjuicios
derivados de la construcción de carreteras son meras cargas sociales que el adminis-
trado está obligado a soportar».
Sentencia de 23 de marzo de 2009 (RJ 2009, 2502), Recurso de casación
10236/2004, en que examina perjuicios singulares e individuales en razón de obras
realizadas junto a un inmueble en que se regenta un negocio”.
2.2. Perjuicios causados por la falta de información en relación a una obra
futura.
TS (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6.ª) Sentencia de 5 de mayo de 2004
(RJ\2004\5588) Recurso de casación 8677/1999 (Ponente: Excmo. Sr. Enrique Lecum-
berri Martí).
“En el caso que enjuiciamos, la obligación de resarcir o no la Administración los
perjuicios alegados por la entidad recurrente al no ser viable desde un punto de vis-
ta comercial la proyectada instalación de unas naves para la exposición y venta de
una determinada marca de automóviles debido a la construcción del paso elevado
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