Manual sobre Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública - page 439

CAPÍTULO IV. ANÁLISIS DE LA JURISPRUDENCIA EN MATERIAS DE COMPETENCIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
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La asunción de competencias en las materias de industria y de energía hace que la Comuni-
dad Autónoma, en el ejercicio de tales competencias, deba llevar a efecto actuaciones, deba
emitir actos administrativos, deba regular normativamente aspectos referidos a aquellos
campos y pueda, por las razones que sea, dejar de ejecutar actos o no acometer actividades
concernientes a esas competencias asumidas. Todo ello podría determinar la existencia de
responsabilidad patrimonial de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Pero la configuración del ámbito competencia del artículo 49 del Estatuto no puede en-
tenderse completa sin la previsión residual contemplada en el artículo 85.1, a cuyo tenor,
“en el ámbito de las competencias que se le atribuyen en el presente Estatuto, le corres-
ponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía, además de las facultades y funciones
expresamente contempladas en el mismo, todas aquéllas que, por su naturaleza, resulten
inherentes a su pleno ejercicio”
3
.
2. SUPUESTOS FRECUENTES CON LA JURISPRUDENCIA APLICABLE
2.1. Instalaciones eléctricas de alta tensión.
A) Introducción.
No obstante el marco estatutario señalado, y la posible consiguiente previsión de aparición
de supuestos de responsabilidad patrimonial derivados de la asunción de competencias
en las materias en él indicadas, lo cierto es que los supuestos más frecuentes de respon-
sabilidad patrimonial de la Junta de Andalucía en los ámbitos de la industria y la energía
se circunscriben a accidentes generadores de daños personales producidos por instala-
ciones eléctricas de alta tensión, en los que no resulta inusual la intervención de terceros
relacionados con la instalación causante del daño, cuya posición en el procedimiento de
depuración de responsabilidad que, en su ámbito y, en su caso, se inicie, será semejante
a la de la Administración en su entorno procedimental propio.
Tal paralelismo de circunstancia posicional se extiende asimismo al proceso judicial en el
que, finalmente y ante la eventual ausencia de solución satisfactoria a los intereses del
El artículo 86 señala que
“la Junta de Andalucía participa en la elaboración de las decisiones estatales que
afectan a la ordenación general de la actividad económica en el marco de lo establecido en el artículo 131.2
de la Constitución”
.
El artículo 87.1.2.º contempla la participación de la Comunidad Autónoma de Andalucía en los procesos de
designación de miembros de organismos estatales energéticos.
3
En parecido sentido, y con carácter general en cuanto al régimen general de competencias estatutarias,
Francisco Balaguer Callejón en “Comentarios Estatuto de Autonomía para Andalucía. II”, Directores Pedro Cruz
Villalón y Manuel Medina Guerrero, Parlamento de Andalucía, 2012.
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