CAPÍTULO IV. ANÁLISIS DE LA JURISPRUDENCIA EN MATERIAS DE COMPETENCIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
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A este respecto puede señalarse que el artículo 168 del Reglamento de Normas Básicas
de Seguridad Minera establece que incumbe al Ministerio de Industria o Energía o al Ór-
gano Autonómico correspondiente, en aquellas comunidades en que se hayan transferido
las competencias en materia de minas, las funciones de inspección y vigilancia relativas al
cumplimiento de dicho Reglamento.
En el caso de la Junta de Andalucía, el traspaso de funciones y servicios del Estado en ma-
teria de industria, energía y minas se llevó a cabo en virtud del Real Decreto 4164/1982,
de 29 de diciembre, en cuyo Anexo B) se establecen las competencias y funciones que
asume la Comunidad Autónoma, refiriéndose el apartado III a la minería, estableciéndose,
a efectos de transferencia de servicios, la competencia exclusiva de la Junta de Andalucía,
entre otras materias, en: e) “Atribuciones relativas a la autorización, inspección y vigilan-
cia de los trabajos de explotación, investigación, exploración y beneficio de minerales y
facultades técnicas correspondientes, incluida su aplicación a otros usos. Igualmente la
potestad sancionadora y declaración de caducidad”.
1.2. Supuestos que podrían dar lugar a responsabilidad patrimonial.
Pues bien, en ejercicio de las competencias que en materia de minas tiene atribuida la
Comunidad Autónoma, puede exigírsele responsabilidad por la producción de daños deri-
vados de:
– Actos administrativos, bien, porque tenga carácter desfavorable para el interesado,
bien porque posteriormente resulte anulado, en su doble vertiente de acto administrati-
vo favorable o denegatorio.
– Inactividad, que puede consistir en falta de resolución expresa de una solicitud de con-
cesión, o en falta de adopción de medidas de vigilancia y control.
2. SUPUESTOS FRECUENTES CON LA JURISPRUDENCIA APLICABLE
2.1. Responsabilidad patrimonial por daños derivados de actos administrativos:
a) Acto administrativo desfavorable:
La Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de julio de 2011, analiza el caso de la reclama-
ción de responsabilidad patrimonial formulada ante la Consejería de Industria, Transportes,
Comunicaciones y Turismo de Cantabria por los daños sufridos como consecuencia de la
denegación de la explotación de la concesión minera por motivos medioambientales.
Señala en el Fundamento Décimo: