Estudio del Derecho sobre la Ordenación Territorial y Urbanística en Andalucía - page 431

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CAPÍTULO III. EL URBANISMO EN ANDALUCÍA
Subcapítulo II. Las dotaciones, equipamientos, infraestructuras y
servicios en la ordenación urbanística y territorial. Los
estándares urbanísticos. Régimen jurídico. La cláusula
“stand-still”. La obtención del suelo para dotaciones
II.1. INTRODUCCIÓN
Las dotaciones, equipamientos e infraestructuras y servicios son elementos fundamentales
en la ordenación del suelo –territorial o urbanística-- que además de estructurarla,
contribuyen a que el territorio o la ciudad sean más reconocibles por sus habitantes, así
como a su convivencia y a la satisfacción de sus necesidades --sentidas o no--, de todo
orden de la vida cotidiana.
Dentro de tales términos vienen a englobarse tanto los públicos como los privados en una
utilización no rigurosa de los conceptos que pueden significar pero, aquí, los que interesan
son los públicos antes que los privados. Son los primeros los que la legislación regula con
especial cuidado y obliga a que se dispongan unas determinadas reservas en cuanto que
constituyen unos elementos de interés público, mientras que los privados no dejan de ser
unos más entre los usos que ha de regular la ordenación territorial y urbanística pudiendo
tener, a lo sumo, un interés general. Son los públicos los que se estima que encajan más
fielmente en el concepto de dotación en atención a la doctrina y a un criterio técnico
urbanístico como se desarrolla posteriormente.
Como recoge la Exposición de Motivos de la LOUA, se trata de una
“Ley que apuesta por
la calidad de vida de los ciudadanos y de las ciudades”
y así
“se plantea como uno de
sus objetivos en el ámbito que regula dotar de contenido normativo positivo los mandatos
constitucionales y estatutarios mencionados
–se refiere concretamente a los contenidos
en los arts. 45, 46 y 47 de la CE, sobre disfrute de un medio ambiente adecuado entre
otros, y a los apartados 5º y 6º del art. 12.3 del EAA81, sobre calidad de vida y al
desarrollo de los equipamientos sociales entre otros--.
Ello significa, simultáneamente,
conseguir mayores grados de cohesión e integración social a través de la distribución de
usos y equipamientos en las ciudades; hacer de éstas espacios de convivencia y espacios
vividos, a través de las dotaciones necesarias y de la recualificación y reequipamiento de
aquellos sectores urbanos que lo precisen”.
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