Normativa Andaluza de Desarrollo en materia de Urbanismo, Legislación Sectorial y Normativa de Directa Aplicación - page 169

165
DECRETO 225/2006, DE 26 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ...
Artículo 39. Formalización
302
1.   Las actas se extenderán por triplicado y se cumplimentarán en los modelos oficiales
en presencia, en su caso, de las personas ante las que se extiendan.
2.   Las actas serán firmadas por el personal inspector actuante y, en su caso, por las
personas ante las que se extiendan, quedando las mismas notificadas en dicho acto
mediante copia del acta con levantamiento de la correspondiente diligencia de notificación.
3.   La firma del acta no implica la aceptación de su contenido ni de la responsabilidad en
la que pueda haber incurrido la persona presuntamente infractora, excepto cuando así lo
hubiera reconocido
303
expresamente en el acta.
4.   En el supuesto de que la persona ante quien se cumplimente el acta se niegue
a firmarla, o a recibir su copia, se hará constar este hecho mediante diligencia en la
misma, con expresión de los motivos aducidos por el compareciente, especificando las
circunstancias del intento de notificación, y en su caso, de la entrega.
5.   La falta de firma de la diligencia de notificación del acta no exonerará de responsabilidad,
ni destruirá su valor probatorio.
Artículo 40. Clases
El personal inspector actuante levantará la correspondiente acta tras cada actuación
inspectora realizada, expresando en todo caso su resultado, pudiendo ser:
a) Actas de conformidad con la normativa de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
b) Actas de obstrucción al personal inspector por parte de la persona inspeccionada, su
representante o por personas que tenga empleadas.
c) Actas de infracción.
302
Véase
art. 35 RDUA.
303
En este caso podría tratarse de una confesión extrajudicial o declaración de conocimiento de hechos. En la
STS de 1 de abril de 1996 se afirma que la conformidad prestada en un acta definitiva de inspección tributaria
“ha de considerarse como una confesión manifestada en documento público”. El art. 1231 CC que regula el
citado medio de prueba establece en su segundo párrafo que “será condición indispensable, para la validez
de la confesión, que recaiga sobre hechos personales del confesante, y que éste tenga capacidad legal para
hacerla”. Un capital efecto de esta confesión radica en la pulverización de la presunción de inocencia. Así lo
entiende Garberí Llobregat “[…] es forzoso reconocer que la declaración incriminatorias libre y voluntariamente
prestada por el presunto responsable puede desvirtuar la presunción de inocencia, justificando la legitimidad
de la sanción”. Sin embargo, no existe en el derecho urbanístico obstáculo legal alguno para que el interesado
recurra la resolución decidida con base en los hechos recogidos en el acta de avenencia.
1...,159,160,161,162,163,164,165,166,167,168 170,171,172,173,174,175,176,177,178,179,...596
Powered by FlippingBook