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DECRETO 225/2006, DE 26 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ...
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Premio extraordinario, 3 puntos; sobresaliente «cum laude» y por unanimidad, 25
puntos; sobresaliente «cum laude», 2,25 puntos; notable, 2 puntos; aprobado, 1,5
puntos.
c) Otras titulaciones universitarias distintas de la que se haya hecho valer para el ingreso
en la Función Pública en el Grupo A, siempre que tengan relación directa con las
competencias y funciones de la Dirección General de Inspección de Ordenación del
Territorio, Urbanismo y Vivienda, a razón de 1,5 puntos para cada Licenciatura y 1,25
puntos para cada Diplomatura.
d) La realización de cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados
con las competencias y funciones de la Dirección General de Inspección de Ordenación
del Territorio, Urbanismo y Vivienda, a razón de 0,5 puntos por cada curso que tenga
una duración entre 20 y 40 horas; 1 punto por cada uno, cuando la duración esté
comprendida entre 40 y 100 horas; 1,5 puntos por cada uno, para los de duración
superior a 100 horas e inferior a 250, y finalmente 2 puntos si la duración de tales
cursos fuese superior a las 250 horas. La puntuación de cada uno de los cursos se
incrementará en un 25 por 100 cuando se haya realizado una prueba de aptitud para
su superación.
5. La impartición de docencia, hasta un máximo conjunto de 3,5 puntos, se valorará del
siguiente modo:
a) Por la participación como profesor, ponente o coordinador en cursos, jornadas,
seminarios y actividades formativas similares, en los términos que establezca la Orden
de Convocatoria sobre disciplinas relacionadas con las competencias y funciones de
la Dirección General de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda,
se otorgarán 0,05 puntos por cada hora.
b) Por el ejercicio de funciones docentes en Universidades, en disciplinas relacionadas
con las competencias y funciones de la Dirección General de Inspección de Ordenación
del Territorio, Urbanismo y Vivienda, 1,75 puntos por cada curso académico, en los
términos que establezca la Orden de Convocatoria.
6. Las publicaciones del aspirante, siempre que cuenten con ISBN o ISSN y que versen
sobre disciplinas relacionadas con las competencias y funciones de la Dirección General
de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, en los términos que
establezca la Orden de Convocatoria, se valorarán hasta un máximo de 2,5 puntos,
siempre que aquél haya intervenido como autor o coautor y las mismas no formen parte
integrante del contenido del puesto de trabajo.
7. Otros méritos. La Comisión de Valoración podrá valorar, en los términos que se
determinen en la Orden de Convocatoria, hasta un máximo conjunto de 2 puntos, los
restantes méritos del aspirante de entre los siguientes: