Normativa Andaluza de Desarrollo en materia de Urbanismo, Legislación Sectorial y Normativa de Directa Aplicación - page 339

335
LEY 8/2001, DE 12 DE JULIO, DE CARRETERAS DE ANDALUCÍA
Artículo 21. Plan General de Carreteras de Andalucía
1.   El Plan General de Carreteras de Andalucía tiene la consideración de plan con
incidencia en la ordenación del territorio, y es el superior instrumento técnico y jurídico
de la planificación viaria de la red de carreteras de Andalucía, comprendiendo, entre otras
determinaciones, los objetivos, la composición y organización del sistema viario general, y
las previsiones, con las programaciones y los recursos económicos tanto públicos como
privados, de las actuaciones necesarias para su desarrollo y explotación, de acuerdo con
los criterios vigentes de la ordenación territorial y de la protección del medio ambiente.
2.   El Consejo de Gobierno acordará la formulación del Plan General de Carreteras
de Andalucía, y lo aprobará, mediante Decreto, a propuesta del titular de la Consejería
competente en materia de carreteras, previo informe de la Comisión de Carreteras de
Andalucía, los demás informes preceptivos conforme a la normativa vigente, y la tramitación
que reglamentariamente se determine.
3.   El Plan General de Carreteras de Andalucía tendrá carácter vinculante en todo
aquello que corresponda a la red de carreteras de Andalucía, y al mismo se someterán
los instrumentos de planificación y programación viaria y aquellos otros que contengan
determinaciones en materia de carreteras.
4.   La vigencia del Plan General de Carreteras de Andalucía será la que en el mismo se
determine, debiendo revisarse obligatoriamente cuando se cumplan las condiciones que al
efecto se establezcan en el propio plan, cuando sobrevengan circunstancias que impidan
su cumplimiento, o cuando haya de adaptarse al Plan de Ordenación del Territorio de
Andalucía.
Artículo 22. Contenido del Plan General de Carreteras de Andalucía
El Plan General de Carreteras de Andalucía contendrá, como mínimo:
a) La determinación de los fines y objetivos a alcanzar.
b) El diagnóstico de la situación de la red viaria a partir de la descripción y análisis de las
carreteras en relación con su expresión territorial, con el medio natural y con el medio
socioeconómico y su relación con el paisaje de cada entorno.
c) Definición de las categorías de la Red.
d) La definición de los criterios generales aplicables a la programación, proyección,
construcción, conservación y explotación de las carreteras y de sus elementos
funcionales.
e) Los criterios y medidas generales para la mejora de la seguridad vial.
1...,329,330,331,332,333,334,335,336,337,338 340,341,342,343,344,345,346,347,348,349,...596
Powered by FlippingBook