Normativa Andaluza de Desarrollo en materia de Urbanismo, Legislación Sectorial y Normativa de Directa Aplicación - page 79

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DECRETO 60/2010, DE 16 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA ...
de la obra sin la aportación previa de un proyecto de ejecución debidamente visado por el
Colegio profesional correspondiente cuando así lo exija la normativa estatal
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.
Cuando no sea exigible un proyecto técnico, las solicitudes se acompañarán de una
memoria descriptiva y gráfica que defina las características generales de su objeto y del
inmueble en el que se pretenda llevar a cabo.
b) Las solicitudes que tengan por objeto construcciones o instalaciones de nueva planta
así como ampliaciones de las mismas
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, deben indicar su destino, que debe ser
conforme a las características de la construcción o instalación.
c) La solicitud de licencia de parcelación
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debe adjuntar un proyecto de parcelación
suscrito por técnico competente, que incluirá planos georreferenciados
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a escala
adecuada de la situación y superficie de los terrenos afectados por la alteración y
de las fincas y parcelas iniciales y resultantes, así como su identificación catastral y
registral, y las condiciones urbanísticas vigentes.
d) Las solicitudes de licencia de ocupación o utilización que se refieran a edificaciones
amparadas en licencia de obras de nueva construcción, ampliación, modificación, reforma
o rehabilitación que requiriesen proyecto técnico, deben acompañarse de un certificado,
acreditativo de la efectiva y completa finalización de las obras suscrito por técnico
competente y visado por el Colegio profesional cuando así lo exija la normativa estatal
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,
así como una declaración del mismo técnico sobre la conformidad de las obras ejecutadas
con el proyecto autorizado por la licencia de obras correspondiente. Se adjuntará
igualmente a la solicitud documentación justificativa de la puesta en funcionamiento de
las instalaciones ejecutadas en el inmueble conforme a su normativa reguladora
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y, en su
caso, certificación emitida por las empresas suministradoras de los servicios públicos, de
la correcta ejecución de las acometidas de las redes de suministros.
Las solicitudes de licencias de ocupación o utilización referidas a edificaciones existentes
en las que no sea preciso la ejecución de ningún tipo de obra de reforma o adaptación,
deberán acompañarse de certificado, descriptivo y grafico, suscrito por técnico competente
y visado por el correspondiente Colegio profesional, cuando así lo exija la normativa
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Véase
art. 2 de Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio.
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Véase
art. 7.2 del Texto Refundido de la Ley de Suelo de 2015.
81
Véase
art. 7.a) del D60/2010.
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Precisión introducida por el Decreto 327/2012, de 10 de julio, por el que se modifican diversos Decretos
para su adaptación a la normativa estatal de transposición de la Directiva de Servicios.
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Véase
art. 2 Real Decreto 1000/2010, de 5 de noviembre, sobre visado colegial obligatorio.
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Decreto 59/2005, de 1 de marzo por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación,
traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales.
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