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Capítulo IV.
ANÁLISIS DE LA JURISPRUDENCIA EN
MATERIAS DE COMPETENCIA DE LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
(continuación)
VI. SALUD
Por Antonio Carrero Palomo
1. RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN
SANITARIA DE ANDALUCÍA
1.1. Competencias. Ámbito de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial
en materia de sanidad.
El ámbito de las prestaciones por asistencia sanitaria es sin duda, uno de los sectores
donde más incidencia tienen las reclamaciones de responsabilidad patrimonial, tanto por
su número como por las cuantías solicitadas. En especial, este tipo de reclamaciones de
responsabilidad patrimonial son muy frecuentes en las Comunidades Autónomas, que son
quienes en la actualidad tienen las competencias sobre la materia.
El artículo 43 de la Constitución reconoce el derecho a la protección de la salud y estable-
ce la atribución de competencias a los poderes públicos para organizar y tutelar la salud
pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
El artículo 22 del Estatuto de Autonomía de Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, de 19 de
marzo) garantiza el derecho constitucional previsto en el citado artículo 43 de la Constitu-
ción mediante el establecimiento de un sistema sanitario público de carácter universal. En