Manual sobre Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública - page 276

MANUAL SOBRE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
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Justicia de Andalucía cuando la cuantía sea superior a 30.050 euros, y de los Juzgados de
lo Contencioso-administrativo los de cuantía inferior. En este tipo de juicios, normalmente
es demandada la Administración de la Junta de Andalucía (Consejería de Salud) así como
la entidad privada con la que se haya celebrado el concierto, y las Agencias Públicas
Empresariales de la Consejería si se trata de centros sanitarios dependientes de éstas.
1.3. Tramitación telemática de los procedimientos de responsabilidad
patrimonial en el ámbito del Sistema Sanitario Público de Andalucía:
Sistema Unificado de Información de Responsabilidad Patrimonial
(SIUREPA).
En el ámbito de los procedimientos de responsabilidad patrimonial del Sistema Sanitario
Público de Andalucía, mediante la Orden de 20 de marzo de 2013, de la Consejería de
Salud y Bienestar Social, se regula la tramitación telemática del procedimiento. Destacare-
mos los siguientes aspectos de esa tramitación telemática del procedimiento:
a) Es de aplicación en procedimientos de responsabilidad patrimonial derivados de asis-
tencia sanitaria prestada o accidente ocurrido en centros, servicios y establecimientos
sanitarios pertenecientes o adscritos al Sistema Sanitario Público de Andalucía, así
como procedimientos de responsabilidad patrimonial por asistencia sanitaria prestada
por centros concertados con la Consejería de Salud o con el Servicio Andaluz de Salud.
b) La tramitación telemática tiene carácter voluntario. El interesado puede realizar la tra-
mitación en soporte papel. Una vez iniciado el procedimiento bien de forma telemática
o en soporte papel, también podrá variar el sistema.
La tramitación telemática tiene los mismos efectos jurídicos que la tramitación realizada
en papel.
La finalidad es mejorar la eficacia y coordinación en el intercambio de la información, la
supresión o reducción de la documentación requerida, mediante la utilización de transmi-
siones de datos; así como la reducción de plazos y tiempos de respuesta.
c) Las personas interesadas en presentar por medios electrónicos su reclamación de
responsabilidad patrimonial deberán disponer del DNI electrónico o un certificado re-
conocido de usuario para usar una firma electrónica avanzada expedido por la Fábrica
Nacional de Moneda y Timbre o por entidad prestadora del servicio de certificación y
expedición de firma electrónica avanzada, en los términos establecidos en el artículo 13
del Decreto 183/2003, de 24 de junio.
La reclamación deberán presentarla en el Registro Telemático Único de la Administración
de la Junta de Andalucía. La dirección electrónica de acceso al servicio se encontrará
en la página Web de la Consejería de Salud y en la página Web del Servicio Andaluz de
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