Estudio del Derecho sobre la Ordenación Territorial y Urbanística en Andalucía - page 62

EL DERECHO SOBRE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA EN ANDALUCÍA
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En este sentido, art. 28:
1. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 3 de esta Ley,
los órganos de la Ordenación del Territorio coordinarán las actividades de la Junta
de Andalucía en esta materia y propondrán o adoptarán las medidas necesarias para
prever y facilitar la concertación y cooperación con la Administración del Estado y con
las Corporaciones Locales. 2. Los acuerdos para la formulación de los planes previstos
en esta Ley y de las Bases o Estrategias contendrán las disposiciones necesarias para
garantizar la participación de las Corporaciones Locales en la elaboración y modificación
de los mismos.
Y en el Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, del que hablaremos, se prevé
en el art. 44 de forma explícita que:
Art. 44.2:
Redactado el Plan se someterá, por un plazo no inferior a dos meses, a
información pública y audiencia a las Administraciones y Entidades Públicas afectadas en
razón de su competencia así como a las Corporaciones Locales que tengan todo o parte
de su territorio incluido en el ámbito del Plan.
En Andalucía, como hemos referido, con anterioridad, se crea una nueva figura que es el
Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía
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. Un instrumento de planificación
territorial incorporado por el Decreto-Ley 5/2012, de 27 de noviembre, de medidas
urgentes en materia urbanística y para la protección del litoral de Andalucía en la LOTA.
Culmina así, en un instrumento ad hoc, un iter iniciado por la voluntad autonómica de
preservar estos singulares espacios entre los que cabe destacar, según SÁNCHEZ DE LA
CUESTA SÁNCHEZ DE IBARGÜEN, FABIOLA
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, como principales hitos o antecedentes los
siguientes:
− Los Planes Especiales de Protección del Medio Físico de ámbito provincial aprobados
en 1986-1987 catalogaron y protegieron por sus valores ambientales una gran
cantidad de espacios costeros bajo figuras de protección específicamente creadas
para el litoral, en las que los criterios para la delimitación de los espacios catalogados
y el régimen de protección fueron comunes para las cinco provincias afectadas.
Los espacios catalogados por estos planes constituyen el referente de la posterior
configuración de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y de la Red
Natura 2000.
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El Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía fue aprobado por Decreto 141/2015, de 26 de
mayo.
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SÁNCHEZ DE LA CUESTA SÁNCHEZ DE IBARGÜEN, FABIOLA en Estudio de alegaciones al Plan de Protección del
Corredor Litoral de Andalucía.
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