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CAPÍTULO VII. LA EJECUCIÓN URBANÍSTICA
instrumento de planeamiento; de consultoría y asistencia técnica; de prestación de
servicios y de actividad urbanizadora y edificatoria, y de gestión y explotación de las
obras resultantes.
− Suscribir convenios de colaboración con otras Administraciones, organismos de ellas
dependientes o entidades por ellas fundadas o controladas; constituir consorcios
urbanísticos, y transferir o delegar competencias propias en otras Administraciones,
organismos de ellas dependientes o entidades por ellas fundadas o controladas para
el desarrollo de la actividad de ejecución y conforme a la misma legislación a que se
refiere el apartado anterior.
Especialmente, para la gestión indirecta, las Administraciones Públicas podrán:
− Conceder la actividad de ejecución conforme a las reglas de esta Ley y sobre la base
del pertinente pliego de condiciones, en cuyo caso el concesionario podrá asumir la
condición de beneficiario en la expropiación.
− Crear sociedades de capital mixto de duración limitada o por tiempo indefinido para
todos o algunos de los fines previstos en la letra b) del apartado anterior. En estas
sociedades, la Administración Pública habrá de ostentar la participación mayoritaria
o, en todo caso, ejercer el control efectivo o la posición decisiva en el funcionamiento
de la misma.
II.2. Contenido de la actividad de ejecución de planeamiento
El artículo 86 de la LOUA delimita el contenido de la actividad de ejecución. Así, la ejecución
de los instrumentos de planeamiento comprende:
− “La determinación por la Administración actuante del carácter público o privado y de
la forma de gestión de la actividad de ejecución.
− La organización temporal de la ejecución y la fijación del orden de las actuaciones,
cuando dichas determinaciones no se contengan en el instrumento de planeamiento.
− La delimitación de la unidad de ejecución y la elección del sistema de actuación o,
cuando existan dotaciones, la fijación de las fases y del procedimiento de realización
de las obras. La unidad de ejecución opera simultáneamente como ámbito para el
desarrollo de la totalidad de las operaciones jurídicas y materiales precisas para la
ejecución integral del planeamiento y de la comunidad de referencia para la justa
distribución de beneficios y cargas. Las dotaciones que no se incluyan en unidades de
ejecución podrán adscribirse a ellas a efectos de gestión.
− La realización de las obras de urbanización y edificación en el seno de la correspondiente
unidad de ejecución cuando el sistema de actuación sea el de expropiación o el de