LEGISLACIÓN DEL ESTADO EN MATERIA DE SUELO Y NORMATIVA ESTATAL RELACIONADA
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3. El procedimiento de aprobación de los estatutos de las mancomunidades se determi-
nará por la legislación de las comunidades autónomas y se ajustará, en todo caso, a las
siguientes reglas:
a) La elaboración corresponderá a los concejales de la totalidad de los municipios
promotores de la mancomunidad, constituidos en asamblea.
b) La Diputación o Diputaciones provinciales interesadas emitirán informe sobre el
proyecto de estatutos.
c) Los Plenos de todos los ayuntamientos aprueban los estatutos.
4. Se seguirá un procedimiento similar para la modificación o supresión de mancomunidades.
5. Podrán integrarse en la misma mancomunidad municipios pertenecientes a distintas
comunidades autónomas, siempre que lo permitan las normativas de las comunidades
autónomas afectadas.
Artículo 47
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1. Los acuerdos de las corporaciones locales se adoptan, como regla general, por
mayoría simple de los miembros presentes. Existe mayoría simple cuando los votos
afirmativos son más que los negativos.
2. Se requiere el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de
las corporaciones para la adopción de acuerdos en las siguientes materias:
a) Creación y supresión de municipios y alteración de términos municipales.
b) Creación, modificación y supresión de las entidades a que se refiere el artículo 45 de
esta ley.
c) Aprobación de la delimitación del término municipal.
d) Alteración del nombre y de la capitalidad del municipio.
e) Adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo.
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Se modifica por el art. 1.1 de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre.
Se modifica el apartado 3 por el art. 1.12 de la Ley 11/1999, de 21 de abril.
Redactado el apartado 3.g) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 184, de 3 de agosto de 1999.
Se modifica el apartado 3.i) por el art. 4.4 de la Ley 7/1997, de 14 de abril.
Se modifica el apartado 3.i) por el art. 4.4 del Real Decreto-Ley 5/1996, de 7 de junio.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 147, de 18 de junio de 1996