Estudio del Derecho sobre la Ordenación Territorial y Urbanística en Andalucía - page 1225

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CAPÍTULO XI. LA LEGISLACIÓN SECTORIAL Y EL URBANISMO
Entre las causas de caducidad de las concesiones o autorizaciones, junto a las relativas a no
manifestar el descubrimiento de un recurso, el incumplimiento de proyectos de explotación
y planes de labores, no reanudar los trabajos, no presentar el plan de labores anualmente,
y el agotamiento del recurso; se contempla el incumplimiento del Plan de Restauración, sin
perjuicio de su consideración como infracción específica en la propia legislación minera
y en la medioambiental. El Plan de Restauración tiene por objetivo rehabilitar y minimizar
la afección al medio ambiente y resulta imprescindible para la obtención del cualquier
permiso, autorización o concesión. La legislación sectorial minera incide especialmente en
la correlación y equilibrio entre actividades extractivas y conservación del medio ambiente:
la propia Ley de Minas, ya en 1973, consciente de que todas las actividades mineras, pero
sobre todo las que se realizan a cielo abierto, comportan importantes movimientos de
tierras, y conllevan una alteración considerable del estado natural del suelo y devastadores
efectos sobre el medio ambiente de las explotaciones mineras, en particular las realizadas
a cielo abierto, se ocupa de este equilibrio en un importante número de sus artículos: Arts.
5.3, 17.2, 20.2a), 33.2, 66, 69.1 y 74.1) de la Ley de Minas.
En esta materia hay que citar también la Directiva 2006/21/CE
,
Ley 22/2011, de 28 de
julio, de residuos y suelos contaminados, junto con una serie de Reales Decretos: RD
975/2009, de 12 de junio, y los antecedentes constituidos por el RD 2994/1982, de 15
de octubre, sobre restauración del espacio natural afectado por actividades mineras y el
RD 1116/1984, de 9 de mayo, sobre restauración del espacio natural afectado por las
explotaciones de carbón a cielo abierto y el aprovechamiento racional de estos recursos
energéticos. En este sentido, la Ley de Minas de 1973 y la normativa sobre actividades
extractivas de los años 80 del siglo pasado, han sido pioneras en prestar importancia al
paisaje y al medio ambiente durante las fases de explotación y abandono de la mina.
En Andalucía, además de la normativa básica estatal, y de la normativa de evaluación de
impacto ambiental para la autorización y prórroga de las concesiones mineras, hemos
de considerar el citado Decreto 2994/1982, de 15 de octubre, sobre restauración del
espacio natural afectado por actividades mineras. La estructura del Plan de Restauración
es la siguiente:
Parte I: Descripción detallada del entorno previsto para desarrollar las labores mineras.
Parte II: Medidas previstas para la rehabilitación del espacio natural afectado por la
investigación y explotación de recursos minerales.
Parte III: Medidas previstas para la rehabilitación de los servicios e instalaciones anejos
a la investigación y explotación de recursos minerales.
Parte IV: Plan de Gestión de Residuos.
Parte V: Calendario de ejecución y coste estimado de los trabajos de rehabilitación.
Es importante significar que la concesión de la Autorización, Permiso o Concesión procede
conjuntamente con el Plan de Restauración, sin que se puedan iniciar los trabajos hasta
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