Estudio del Derecho sobre la Ordenación Territorial y Urbanística en Andalucía - page 249

245
CAPÍTULO II. LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN ANDALUCÍA
puesta en valor de las zonas costeras de Andalucía, en el marco de lo establecido en el
Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía para el dominio litoral”.
Este instrumento se
sitúa en la jerarquía de planes por debajo del POTA, vinculando a los planes de ordenación
del territorio subregional, a los planes con incidencia en la ordenación del territorio y a
los planes urbanísticos municipales en la franja del corredor litoral. Se establece que su
ámbito incluirá, al menos, los primeros 500 metros de la Zona de Influencia del Litoral y
aquellas otras zonas necesarias para alcanzar los objetivos de protección y accesibilidad
del sistema costero.
Con esta modificación también se introduce un nuevo Anexo I, pasando a denominarse el
anterior Anexo I como Anexo II, con la relación de todos los municipios costeros que van
a verse afectados por el PPCLA.
El resto de la modificaciones acometidas han afectado a la relación de actividades de
planificación recogidas en el Anexo II de la LOTA, destacando entre ellas la operada por
la Ley 12/1999, de Turismo, que introdujo en la relación el Plan General de Turismo
8
; la
operada por la Ley 2/2002, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables, que
introdujo la planificación de infraestructuras energéticas y la operada por la Ley 1/2010,
reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía, que introdujo la planificación regional
o supramunicipal en materia de vivienda. Esta Ley también introdujo como actividad de
intervención singular las actuaciones residenciales de interés supramunicipal con destino
preferente a viviendas protegidas.
I.4. EL SISTEMA DE INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.
TIPOS, DETERMINACIONES Y TRAMITACIÓN. INCARDINACIÓN CON EL
PLANEAMIENTO URBANÍSTICO
I.4.1. El Sistema de Instrumentos de Ordenación del Territorio
El sistema de instrumentos de ordenación del territorio se encuentra definido en el artículo
5 de la LOTA. Está actualmente integrado por el Plan de Ordenación del Territorio de
Andalucía (POTA), de ámbito regional, el Plan de Protección del Corredor Litoral (PPCLA),
que afecta a los municipios litorales
9
, y los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito
Subregional (POTAS).
8
La Ley 13/2011, de 23 de diciembre de Turismo de Andalucía incorpora junto con el Plan General de Turismo
los Marcos Estratégicos para la Ordenación de los Recursos y las Actividades Turísticas.
9
Los municipios litorales se encuentran relacionados en el actual Anexo I de la Ley de Ordenación del Territorio
de Andalucía.
1...,239,240,241,242,243,244,245,246,247,248 250,251,252,253,254,255,256,257,258,259,...1344
Powered by FlippingBook