Estudio del Derecho sobre la Ordenación Territorial y Urbanística en Andalucía - page 747

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CAPÍTULO VII. LA EJECUCIÓN URBANÍSTICA
actuante; datos del Agente Urbanizador si lo hubiere; empresa urbanizadora; actua-
ciones ante el Registro de la Propiedad (petición de certificaciones, extensión de nota
marginal, segregaciones a realizar o realizadas); datos relativos a la fecha de estableci-
miento del sistema, a la Junta de Compensación, y a sus bases y Estatutos si el sistema
fuera de compensación y otros datos referentes al sistema si fuera de cooperación;
específica mención a si la aportación de las fincas es fiduciaria o de transmisión del
dominio; mención a convenios urbanísticos o de gestión, acuerdos y compromisos en
ellos suscritos; relación de fincas que hayan debido de ser expropiadas por no adherirse
su titular al sistema.
− Relación de fincas aportadas y de sus titulares registrales y/o catastrales- carácter
público o privado, demanial o patrimonial; superficie, linderos; derechos y cargas
que pesan sobre ellas- así como las titularidades litigiosas. Deberán acompañarse de
notas registrales, catastrales y planos de las mismas, así como de la documentación
acreditativa de todos los derechos y cargas de cada finca.
− Criterios y cálculos de valoración de las fincas aportadas.
− Descripción del planeamiento que se ejecuta.
− Criterios de valoración de las fincas resultantes.
− Criterio y cálculo de las indemnizaciones de los bienes y derechos incompatibles con
el planeamiento.
− Estimación de gastos de urbanización y gestión.
− Relación de interesados y descripción de su intervención con criterios para definir su
participación y obligaciones.
− Cálculo de participación, derechos y gastos de cada uno de ellos.
− Criterios de adjudicación de fincas resultantes.
− Relación de fincas resultantes (superficie, linderos, edificabilidad, uso y tipología, ca-
rácter demanial o patrimonial) y de sus titulares- Junta de compensación, agente urba-
nizador, empresa urbanizadora, propietarios titulares de derechos reales, Administra-
ciones Públicas. Si se hubieran agrupado las fincas de origen, deberá describirse la
nueva finca y proceder a describir las parcelas resultantes como fincas segregadas.
− Cuadro cruzado de fincas aportadas y resultantes.
− Cuenta de la liquidación provisional.
− Criterios para el cálculo de la afección de las fincas resultantes.
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