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LA LEY DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE ANDALUCÍA, LEY 7/2002, DE 17 DE DICIEMBRE.
Artículo 172. Procedimiento de otorgamiento de las licencias urbanísticas
393
La ordenación del procedimiento para el otorgamiento de las licencias urbanísticas
municipales deberá ajustarse a las siguientes reglas:
1. a) La solicitud definirá suficientemente los actos de construcción o edificación,
instalación y uso del suelo y del subsuelo que se pretenden realizar, mediante el
documento oportuno que, cuando corresponda, será un proyecto técnico
394
.
2. a) Junto a la solicitud se aportarán las autorizaciones o informes que la legislación
aplicable exija con carácter previo a la licencia. Asimismo, cuando el acto suponga la
ocupación o utilización del dominio público, se aportará la autorización o concesión de
la Administración titular de éste
395
.
3. a) Cuando los actos se pretendan realizar en terrenos con el régimen del suelo no
urbanizable y tengan por objeto las viviendas unifamiliares aisladas a que se refiere el
artículo 52.1.B b) o las Actuaciones de Interés Público sobre estos terrenos previstas
en el artículo 52.1 C) ambos de esta Ley, se requerirá la previa aprobación del Plan
Especial o Proyecto de Actuación, según corresponda. La licencia deberá solicitarse
en el plazo máximo de un año a partir de dicha aprobación
396
.
4. a) Las licencias se otorgarán de acuerdo con las previsiones de la legislación y de la
ordenación urbanística de aplicación, debiendo constar en el procedimiento informe
técnico y jurídico sobre la adecuación del acto pretendido a dichas previsiones
397
.
5. a) La resolución expresa deberá notificarse en el plazo máximo de tres meses.
Transcurrido este plazo podrá entenderse, en los términos prescritos por la legislación
reguladora del procedimiento administrativo común, otorgada la licencia interesada
398
.
El comienzo de cualquier obra o uso al amparo de ésta requerirá, en todo caso,
comunicación previa al municipio con al menos diez días de antelación
399
.
6. a) La resolución expresa denegatoria deberá ser motivada
400
.
393
Véase
arts. Del 11 al 20 del D60/2010.
394
Véase
art. 13.1.a) del D60/2010.
395
Véase
arts. 5.2y3 13.2 del D60/2010.
396
Véase
art. 13.1.e) y 17 del D60/2010
397
Véase
art. 16 del D60/2010.
398
Véase
art. 20 del D60/2010 y art. 11.4 del TRLSRU 2015.
399
Véase
art. 20.3 y 21 del D60/2010.
400
Véase
art. 19.1 del D60/2010.